Defensores del Pueblo

Es La Constitución Española de 1978 la que define en el artículo 54 la Institución del Defensor del Pueblo.

La Ley que regula la creación de la Institución del Defensor del Pueblo Español, es la Ley Orgánica 3/1981 de 6 de Abril, del Defensor del Pueblo, (BOE, núm. 109, de 7 marzo de 1981) unos años después de nuestra larga época de dictadura, esta Ley ha sido modifi cada por la Ley Orgánica 2/1992 de 5 de Marzo (BOE núm. 57, de 6 de Marzo de 1992).

En su Titulo I Capítulo I, art. 1º recoge: “El Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. Ejercerá las funciones que le encomienda la Constitución y la presente Ley.”
Posteriormente han ido apareciendo Defensores regionales en las diferentes Comunidades Autónomas, estando el mapa español actualmente de la siguiente forma, cada institución regulada por sus respectivos Parlamentos en sus Estatutos de Autonomía.

Andalucía:
- Ley Orgánica 6/1981, de 30 de Diciembre del Estatuto de Autonomía de Andalucía (BOE núm. 9 de 11 de Enero de 1982): art. 46. Modifi cada por la Ley Orgánica 2/2007 de 19 de Marzo de reforma del estatuto de Autonomía para Andalucía (BOE núm. 68 de Marzo de 2007): art.128.
- Ley 9/1983 de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz (BOJA núm 100 de 9 de Diciembre de 1983, BOE núm 20 de 24 de Enero de 1984), modifi cada por las siguientes normas Ley 3/1996, de 17 de Julio (BOJA núm.82, de 18 de Julio de 1996 y BOE núm 195 de 13 de Agosto de 1996); Ley 1/9998, de 20 de Abril (BOJA núm 53, de 12 de Julio de 1998 y BOE núm. 150 de 24 de Junio de 1998); Ley 3/2001, de 22 de Mayo(BOJA núm. 64, de 5 de Junio de 2001 y BOE núm. 147, de 20 de Junio de 2001); Ley 11/2001, de 11 de Diciembre (BOJA núm. 144, de 15 de diciembre de 2001 y BOE núm. 10, de 11 de Enero de 2002).

Aragón:
- Ley Orgánica 8/1982, de 10 de Agosto, de Estatuto de Autonomía de Aragón (BOE núm. 164, de 10 de Julio de 1982): art.24.
- Ley 4 /1985, de 27 de junio, del Justicia de Aragón(BOE núm. 212, de 4 de Septiembre de 1985). Por Sentencia del Tribunal constitucional núm. 142/1988, de 12 de Julio de 1988(suplemento al BOE núm. 189, de 8 de Agosto de 1988) se declara inconstitucional y, por tanto, nulo el art. 12.2 de dicha ley; asimismo declara que los apartados 2 y 3 del art. 2 son constitucionales en tanto se interpreten en los términos de los fundamentos jurídicos de la misma.

Asturias:
- Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General (BOE núm 30 de 4 de Febrero de 2006).

Canarias:
- Ley Orgánica 10/1982, de 10 de Agosto de Estatuto de Autonomía de Canarias (BOE núm. 195, de 16 de Agosto de 1982): art. 14.
- Ley 7/2001 de 31 de Julio, del Diputado del Común,(BOE núm 207, de 29 de Agosto de 2001) ésta viene a reformar la anterior que ya había legislado por Ley 12 de Febrero de 1985, la Institución del Diputado del Común (BOE núm de 23 de Marzo) y que fue derogada por la anterior.

Castilla la Mancha:
- Ley 16 /2001, de 20 de Diciembre, del Defensor del Pueblo de Castilla la Mancha (BOE núm 34, de de 8 de Febrero de 2002).

Castilla y León:
- Ley Orgánica 4/1983, de 25 de Febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla y León (BOE núm. 52, de 2 de Marzo de 1983), en redacción dada por Ley Orgánica 4/1999, de 8 de de Enero, de Reforma de la Ley Orgánica 4/1983(BOE núm. 8 de de 9 de enero de 1999): art. 14.
- Ley 2/1994, de 9 de Marzo del Procurador del Común de Castilla y León (BOE núm. 75, de 29 de Marzo de 1994, modifi cada por Ley 11/2001, de 22 de Noviembre (BOE 302, de 18 de diciembre de 2001).

Cataluña:
- Ley Orgánica 4/1979, de 18 de Diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña (BOE núm 306, de 22 de Diciembre de 1979): art. 15. Modifi cada por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de Julio, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña (BOE núm 172 de de 20 de Julio) art. 78 y 79.
- Ley 14/1984, de 20 de marzo del Sindic de Greuges, modifi cada por la Ley 12/1989, de 14 de Diciembre (BOE núm. 21 de 24 de enero de 1991).

Galicia:
- Ley Orgánica 1/1981, de 6 de Abril, de Estatuto de Autonomía de Galicia (BOE núm. 101, de 28 de Abril de 1981):art. 14.
- Ley 6/1984, de 5 de Junio, del Valedor do Pobo (BOE núm. 77, de 30 de Marzo de 1985), modifi cada por la Ley 3/1994 de 18 de Julio (BOE núm. 249, de 18 de Octubre de 1994) y por la Ley 1/2002, de 26 de Marzo (BOE núm. 93, de 18 de Abril de 2002).

Murcia:
- Ley 6/2008, de 20 de Noviembre, del Defensor del Pueblo de la Región de Murcia (BORM núm 273, de 24 de Noviembre de 2008).

Navarra:
- Ley Foral 4/2000, de 3 de Julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra (BOE núm. 214, de 6 de Septiembre de 2000), modifi cada por Ley Foral 3/2005, de 7 de Marzo (BOE núm 83, de 7 de Abril de 2005).

País Vasco:
- Ley Orgánica 3/1979, de 18 de Diciembre del Estatuto de Autonomía para el País Vasco (BOE núm. 306, de 22 de Diciembre de 1979): art. 15.
- Ley 3/1985, de 27 de Febrero, por la que se crea y regula la Institución del Ararteko (BOE núm.63, de 23 de Marzo de 1985).

La Rioja:
- Ley Orgánica 3/1982, de 9 de Junio, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de La Rioja (BOE núm. 146, de 19 de Junio de 1982) art. 22. Modificada por las Ley Orgánica 2/1999, de 7 de Enero (BOE núm. 7, de 8 de Enero de 2000), y por la Ley 22/2002, de 1 de Julio (BOE núm. 157 de 2 de Julio).
- Ley 6/2006, de 2 de Mayo de Defensor del Pueblo Riojano (BOE núm. 123 de3 24 de Mayo de 2006).

Valencia:
- Ley Orgánica 5/1982, de 1 de Julio de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana (BOE núm. 164, de 10 de Julio de 1982) art. 24; modificada por Ley Orgánica 1/2006, de 10 de Abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía, (BOE núm. 86, de 11 de Abril de 2006) art. 38.
- Ley 11/1988, de 26 de Diciembre, reguladora del Sindico de Agravios (BOE núm. 24 de 28 de Enero de 1989). Por Sentencia del Tribunal Constitucional núm 162/1996, de 17 de Octubre (BOE núm. 267, de 5 de Noviembre de 1996) se declara inconstitucional el art.24.2 de esta Ley.


Aunque en cada comunidad Autónoma aparezca la creación de la figura en un momento determinado y con una denominación diferente, en alguna de ellas, todos ellos, como no podía ser de otra manera, “son los Comisionados de los Parlamentos, designados por éstos, para la defensa de los derechos y libertades Constitucionales, así como supervisarán las actividades de las administraciones públicas, de las Administraciones Autonómicas en sus relaciones con los ciudadanos a fin de garantizar dichos derechos y libertades”.
Son sólo cuatro Comunidades Autónomas las que no cuentan con la Institución del Defensor del Pueblo creada, si bien en alguna de ellas como es el caso de la Comunidad Autónoma de Baleares está contemplada su creación en la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de Febrero de Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (BOE núm. 51 , de 1 de Marzo de 1983), redacción dada por Ley Orgánica 3/1999, de 8 de Enero de Reforma de la Ley Orgánica 2/1983 (BOE núm. 8, de de 9 de enero de 1999) art. 29. y por la Ley 1/1993, de 10 de marzo de 1993, del Sindico de Agravios de las Islas Baleares (BOE núm. 113, de 12 de Mayo de 1993), y no se ha ocupado nunca por ninguna persona. En la Comunidad Autónoma de Madrid no está regulado, ni prevista su creación. En la Comunidad Autónoma de Cantabria, al igual que en la de Madrid no está regulado, ni prevista su creación. En la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la aprobación de la reforma del Estatuto de Autonomía el pasado 10 de Septiembre de 2009, se contempla la creación de la Institución del Personero de lo Común, -Defensor del Pueblo-, por lo que es de suponer que en breve se publicará la normativa que regule esta Institución.


Factores generadores de Dependencia y Exclusión Social

ECONÓMICOS
Pobreza económica, dificultades financieras, dependencia de prestaciones sociales, ausencia de protección social

LABORALES
Desempleo, subocupación, falta de cualificación, precariedad Laboral

FORMATIVOS
No escolarización o sin acceso a la educación obligatoria integrada, analfabetismo o bajo nivel formativo, fracaso escolar, abandono prematuro del sistema educativo, barrera lingüística

SANITARIOS
No acceso al sistema y a los recursos socio-sanitarios básicos, adicciones y enfermedades relacionadas, enfermedades infecciosas, trastorno mental, discapacidades u otras enfermedades crónicas que provocan dependencia.

RESIDENCIAL
Sin vivienda propia, infravivienda, acceso precario a la vivienda, viviendas en malas condiciones de habitabilidad (hacinamiento, insalubridad...), espacio urbano degradado, con deficiencias o carencias básicas.

RELACIONAL
Deterioro de las redes familiares (conflictos o violencia intrafamiliar), escasez o debilidad de las redes familiares (monoparentalidad, soledad...), escasez o debilidad de redes sociales, rechazo o estigmatización social

CIUDADANÍA Y PARTICIPACIÓN
Acceso restringido a la condición de ciudadanía, privación de derechos por proceso penal, no participación política y social


Objetivos del Trabajador Social en el ámbito Sanitario

Como objetivos tenemos:

* Elaborar el diagnostico social a través del estudio de las variables socioeconómicas y culturales que inciden en la enfermedad y sus consecuencias sociales y aportarlo al equipo de salud. Este objetivo se desarrollará mediante las siguientes actividades, técnicas e instrumentos:

     o ACTIVIDADES:
     § Estudio de los aspectos psicosociales que pueden incidir en la prevención, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, y de la problemática socio-familiar.
        § Valoración de la problemática analizando los factores que intervienen
      § Intervención en colaboración con el equipo de salud para establecer líneas de tratamiento.
       § Hacer más accesible la relación entre el enfermo/a y familia y la institución hospitalaria
    § Estudio de las características comunitarias de las poblaciones adscritas al hospital.

     o TÉCNICAS:
        § Observación
        § Entrevista
        § Visita domiciliaria
        § Gestiones
        § Documentación
        § Informe social
        § Registro

     o INSTRUMENTOS:
        § Escalas
        § Sistema informático
        § Hoja de interconsulta
        § Historia Social
        § Historia clínica
        § Genograma
        § Ecomapa
        § Protocolos de intervención
        § Guía de recursos


·        * Orientar y capacitar a los pacientes a sus familias y a la comunidad en general de los problemas derivados de la enfermedad para que sean agentes de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud. Este objetivo se desarrollará mediante las siguientes actividades, técnicas e instrumentos:

        o ACTIVIDADES:
         § Información y orientación al/la usuario/a y familia sobre recursos sociales, trámites,…
          § Asesoramiento, mediación y apoyo ante situaciones de conflicto.
            § Gestión y aplicación de los recursos existentes
           § Colaboración en la creación y promoción de recursos sociales y en la mejora de los ya existentes
        § Promoción de la rehabilitación y reinserción social, familiar, laboral y/o escolar de los/las pacientes
         § Coordinación protocolizada con servicios de salud y de otros sistemas de protección social

        o TÉCNICAS:
           § Entrevista
           § Gestiones
           § Observación
           § Visita domiciliaria
           § Reuniones de coordinación
           § Técnicas grupales
           § Sesiones clínicas
           § Informe social
           § Registro

        o INSTRUMENTOS:
           § Materiales de difusión (dípticos)
           § Tarjeta sanitaria
           § Guía de recursos


 * Participar en la formulación, la ejecución y la evaluación de las políticas de salud y sociales desde el punto de vista de su competencia. Este objetivo se desarrollará mediante las siguientes actividades, técnicas e instrumentos:

     o ACTIVIDADES:
         § Colaboración en los proyectos de planificación general del hospital
         § Colaboración en la creación de programas orientados a enfermos/as con patologías que conlleven problemas de reinserción social.
        § Información y asesoramiento a los órganos de gobierno de los aspectos sociales.
     § Elaboración de los planes y programas y protocolos propios de la UTSH
     § Participación en programas de investigación para el estudio y análisis de los factores psicosociales que inciden en la enfermedad, y los aspectos metodológicos del Trabajo Social sanitario.
        § Colaboración en la formación permanente del personal sanitario
       § Colaboración en la formación de alumnos/as de Trabajo Social
    § Formación permanente de los/las propios/as profesionales de la UTSH

     o TÉCNICAS:
        § Reuniones interdisciplinares
        § Cursos, seminarios
        § Recogida y explotación de datos
        § Evaluación
        § Observación 
        § Registro

    o INSTRUMENTOS:
        § Materiales de difusión (dípticos, carteles..)
        § Actas reuniones
        § Informes
        § Memorias
        § Proyectos de investigación
        § Artículos científicos


Consejos básicos para hacer frente al Estrés




1. Sé realista en lo que puedes y no puedes hacer, las metas ambiciosas son causas frecuentes del estrés.

2. Consigue reposo adecuado, establezca una hora regular para dormir.

3. Evita apurarte y preocuparte.

4. Controla tus emociones, decide si las circunstancias valen la pena para angustiarse.

5. No recurras al alcohol, a drogas o la automedicación.

6. No mantengas los sentimientos dentro de ti mismo, identifica los errores y conversa con algún amigo.

7. Toma decisiones no aplaces lo que tienes que hacer o decir.

8. Trata de seguir rutinas, evita la desorganización

9. Desarrolla un sentido del humor cuando las cosas no vayan bien

10. Cuando te sientas apurado, emplea una técnica de relajación como respirar profundo, detenerte un momento y mirar al cielo, etc.

11. Come comidas bien balanceadas y busca dormir tus 8 horas diarias.

12. Tómate un tiempo para ti y haz algo hermoso que te guste como salir a caminar, hablarle por teléfono a una persona querida, de vez en cuando ir al cine o a cenar con amigos, etc. Los deportes no solo ayudan a aliviar el estrés, si no que te hacen ver y sentir mejor lo que eleva tu auto-estima y esto a su vez, alivia también el estrés.


Mapa Familiar

Tiene como finalidad conocer de forma intuitiva los confines territoriales del individuo dentro de la familia, el espacio donde la persona se encuentra consigo misma, y los confines emocionales que marcan las diferencias entre los miembros del grupo familiar y regulan sus relaciones.

Debemos diferenciarlo que son y representan la familia y el hogar. El hogar es el espacio físico donde vive el grupo doméstico, y gracias a él se pueden cubrir las necesidades vitales. Familia y hogar pueden coincidir, pero el hogar no puede ser más pequeño que la familia, en sentido estricto. 

Para construir el mapa familiar, debemos explicar al cliente las relaciones que tienen sus problemas con su hogar, de esta forma comprenderá por qué necesitamos que nos informe sobre algunos aspectos de la vivienda. Por ello le pedimos que, sobre una cartulina, nos dibuje un plano de su hogar, especificando sobre el mismo quien ocupa cada habitación y cómo se utilizan los espacios comunes: dónde comen, dónde estudian, dónde discuten, dónde hablan los padres y los hermanos, cuál es el lugar para hablar de los asuntos importantes, dónde se refugian o se esconden o se ocultan, cuando se plantean conflictos importantes, cómo afecta a la familia la presencia de familiares, amigos…Se preguntará, también, qué tipo de cambios deberían hacerse para vivir mejor o para estar más cómodos. 


La finalidad primordial para utilizar el mapa familiar, es poder descubrir de manera rápida dos de los aspectos que condicionan el tipo y modelo de interacción familiar:
1.-Los confines físicos o territoriales de cada individuo, el espacio donde la persona se encuentra consigo misma, como un requisito necesario para la adquisición de la intimidad, la estructuración de la entidad y el derecho a la independencia y a la autonomía.
2.-Los confines emocionales, según los cuales cada uno define las diferencias y marca los límites que regulan las relaciones con los otros. 

Mediante el Mapa Familiar podemos conocer datos de importancia tales como:
-Características del hogar (relaciones entre metros cuadrados y habitantes, barreras arquitectónicas, dormitorios y número de habitantes, cuartos de baño, etc.).
-Distribución de los miembros de la familia en el hogar, los lugares donde se relacionan y comunican los miembros de la familia.
-Los problemas detectados por la familia en cuanto a espacio físico intimidad lugares de relación, interferencia de otros, grado de satisfacción con la vivienda que ocupan, y las soluciones o cambios que se proponen para vivir mejor

Mapa de Redes Sociales y Familiares




La red social es una estructura relativamente invisible pero al mismo tiempo muy real, en la que se inserta un individuo, núcleo familiar o grupo.

Con la red social se intenta actuar sobre fuerzas que existen dentro de la trama social viva y aprovechar la energía y el talento existente en la red social de la familia, vecinos, etc. del usuario que demanda la atención, como una manera de restaurar un elemento vital de las relaciones

La red, en sí, es el campo relacional total de una persona y tiene por lo común una representación espacio-temporal.


Su grado de visibilidad es bajo, pero posee numerosas propiedades vinculadas en el intercambio de información.


Existen entre los componentes de una red, pocas reglas formales, pero ésta está compuesta por las relaciones entre muchas personas, algunas de las cuales son conocidas por muchos de los integrantes de la red, en tanto que otros solo constituyen un eslabón de la unión de algunos de ellos.


La red de un individuo cualquiera, es la suma total de las relaciones humanas que posee significado perdurable en la vida.




La aplicación del mapa de redes implica que el usuario vaya poniendo en el gráfico a las personas de su red social en un momento concreto, que será el que decidamos en el momento del estudio.


El mapa de redes se divide en radios y en gradientes de intensidad de las relaciones según la intensidad de relación.


Esta representación sirve para identificar las potencialidades de la red de la persona, y puede ser utilizada como una manera de concretar los recursos sociales de las familias.